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Verifactu en Dolibarr: qué cambia en 2027 y cómo prepararse

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), conocido como Verifactu, obliga a que los programas con los que las empresas y los autónomos emiten facturas cumplan una serie de requisitos técnicos. Dolibarr no los incluye de serie, pero puede adaptarse con un módulo. En este artículo explicamos qué fechas hay que tener en cuenta, qué exige exactamente la norma y qué conviene revisar si ya facturas con Dolibarr.

Cuándo es obligatorio Verifactu

El Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 2 de diciembre de 2025, retrasó un año la entrada en vigor. Las fechas vigentes son:

  • 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: sociedades limitadas, anónimas, cooperativas y el resto de entidades que tributan por este impuesto.
  • 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, entre ellos los autónomos que tributan por IRPF.

A partir de esa fecha, el programa con el que emites las facturas tiene que cumplir el reglamento. Conviene tenerlo instalado y probado unos meses antes, para detectar problemas con las plantillas, las series o las facturas rectificativas sin la presión del plazo.

Qué exige el reglamento a tu programa de facturación

Verifactu no cambia la forma de facturar a tus clientes. Lo que cambia es lo que el programa tiene que hacer internamente con cada factura:

  • Generar un registro por cada factura. Al emitirla se crea un registro de alta; si se anula, un registro de anulación.
  • Encadenar los registros. Cada registro incluye una huella (un código calculado con el algoritmo SHA-256) que depende del registro anterior. Si alguien modificara o borrara una factura antigua, la cadena dejaría de cuadrar.
  • Imprimir un código QR en la factura. Sirve para que el cliente pueda comprobar la factura en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Enviar los registros a la AEAT o conservarlos firmados, según el modo que elijas (lo explicamos en el siguiente apartado).
  • Contar con una declaración responsable del productor del software, en la que acredita que el programa cumple el reglamento.

Los dos modos: VERI*FACTU o no verificable

El reglamento permite cumplir de dos formas. Es habitual leer que hay que enviar todas las facturas a Hacienda en tiempo real, pero eso solo ocurre en uno de los dos modos.

Modo VERI*FACTU. El programa envía cada registro a la AEAT en el momento de emitir la factura, y la factura incluye la leyenda «VERI*FACTU». Es el modo más sencillo de mantener: la Agencia Tributaria ya tiene los registros, así que no hace falta firmarlos electrónicamente ni llevar un registro de eventos. Para la mayoría de pymes y autónomos es la opción más cómoda.

Modo no verificable. Los registros no se envían, sino que se guardan en tu propio sistema, firmados electrónicamente y acompañados de un registro de eventos (quién ha hecho qué y cuándo). Solo se entregan si la AEAT los requiere. Exige más control técnico y una custodia cuidadosa de la información.

En los dos casos necesitas un certificado electrónico: para firmar los envíos en el primero y para firmar los registros en el segundo.

Qué revisar si ya usas Dolibarr

Si Dolibarr ya está funcionando en tu empresa, la adaptación no consiste solo en instalar un módulo. Antes conviene revisar estos puntos:

  • La versión de Dolibarr. Dolibarr publica dos versiones mayores al año. Si la tuya es muy antigua, lo recomendable es actualizar primero (sobre una copia y con pruebas) y adaptar después.
  • Las plantillas de factura. Si usas plantillas PDF personalizadas, hay que modificarlas para que incluyan el código QR y, en el modo VERI*FACTU, la leyenda.
  • Los módulos a medida. Cualquier módulo propio o de terceros que cree o modifique facturas (importadores, integraciones con tiendas online o pasarelas de pago) debe seguir generando los registros correctamente.
  • Las series de numeración. Si trabajas con varias series (por ejemplo, una para la tienda online y otra para las ventas directas), hay que comprobar que todas quedan cubiertas.
  • Las rectificativas y los abonos. Cada una genera su propio registro. Conviene probar los casos reales de tu negocio en el entorno de pruebas de la AEAT antes de pasar a real.

Es importante que el módulo se instale sin modificar el núcleo de Dolibarr. Así se pueden seguir aplicando las actualizaciones sin perder la adaptación.

Qué pasa si no te adaptas

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria establece una multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio para quien tenga un sistema de facturación que no cumpla el reglamento o que haya sido alterado. No depende del número de facturas ni de si ha habido un perjuicio económico: basta con usar un programa que no cumple.

Si todavía no usas Dolibarr

Si facturas con hojas de cálculo o con un programa que no vas a adaptar, 2027 puede ser un buen momento para cambiar. Dolibarr es un ERP de código abierto que no cobra licencias por usuario y que, con el módulo adecuado, cumple Verifactu desde el primer día. En nuestra página de implantación de Dolibarr explicamos cómo migramos los datos de otro programa.

Cómo te podemos ayudar

En CADA Partners adaptamos Dolibarr a Verifactu con soluciones de bajo coste, tanto en instalaciones nuevas como en las que ya están funcionando: revisamos tu versión y tus plantillas, instalamos el módulo, configuramos el certificado y probamos contigo altas, rectificativas y anulaciones antes del arranque. Tienes todos los detalles en Verifactu en Dolibarr, y puedes escribirnos para consultarnos tu caso.

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